La cantidad de accidentes que se dan cada fin de semana con barcos y yates plantea la precariedad de los seguros del sector
Cuando la actividad conlleva un riesgo inminente para terceros, la sociedad por intermedio de sus legisladores determina la obligación de contar con un seguro instrumento único e idóneo que permite una reparación económica del daño. La razón de existir del seguro es empírica, es decir se nutre de la experiencia tanto como para formular coberturas, como también para llegado el caso considerarse obligatorias mediante disposiciones y leyes.

Obligatoriedad del seguro
El seguro es optativo, es decir que la decisión de contratar un seguro para cubrir tanto a la embarcación como para tomar una cobertura para lesiones y/o muerte a terceros transportados y no transportados queda en manos del timonel o conductor náutico.
Si bien no hay estadísticas fieles, estimamos que más del 70% de las embarcaciones o no tienen seguro o bien tienen una suma muy limitada de Responsabilidad Civil.
Este escenario es catastrófico desde el punto de vista de las víctimas y sus familiares. Falta de dinero para tratamientos médicos, para gastos de reparación y familias sin sostén económico son lamentables imágenes cotidianas post accidentes náuticos.

Cómo funciona
En el caso de contar con un seguro de embarcación, en general las sumas por responsabilidad civil (cobertura para subir daños) es hasta la suma asegurada y en caso de embarcaciones de grandes valores la misma esta limitada según cada aseguradora.