Si no se convocan ayudas públicas, es necesario contar con un seguro que cubra esta circunstancia

En los últimos días, los incendios forestales han puesto en alerta a toda España. El fuego ha quemado más de 30.000 hectáreas solo en los últimos días y ha obligado a desalojar a 8.000 vecinos, que han visto las llamas acechar sus viviendas, sus campos, sus vehículos…
Pese a las labores de extinción que están llevando a cabo los equipos de emergencias, algunos daños no se han llegado a evitar y los afectados se preguntan cómo reclamar las pérdidas que, en lo profundo, son incalculables.

¿Tengo derecho a una compensación?
Las personas afectadas por los incendios siempre pueden reclamar los daños si tienen contratado un seguro que incluya estas circunstancias en la póliza. Esto será algo común en las viviendas, por ejemplo, dado que la legislación española obliga a contar con un seguro de daños -incluido contraincendios- al firmar la hipoteca.
Del mismo modo, los seguros agrarios incluyen generalmente los incendios, como ha recordado el ministro de Agricultura, Luis Planas, que ha puntualizado que en España seis millones de hectáreas están cubiertas, así como “un número elevado” de cabezas de ganado, según cita Efe.
Solo en los fuegos intencionados, la persona o las personas a las que se juzgue responsables tendrán que hacerse cargo de los daños.

¿El Consorcio de Compensación de Seguro cubre los incendios?
A diferencia de otros “riesgos extraordinarios” como las inundaciones, los temporales o los terremotos, el Consorcio de Compensación de Seguro no cubre los daños materiales de los incendios. Por fuego, este fondo solo considera asegurados los heridos o fallecidos durante las labores de extinción.

¿Y si no tengo seguro?
Actualmente, no existen indemnizaciones o compensaciones por los daños causados por los incendios si no se tiene un seguro que cubra específicamente esa circunstancia. Únicamente si la comunidad autónoma o el Gobierno disponen ayudas específicas para los afectados, se podrán reclamar los destrozos.